Artículo 8 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En la Marina, la disciplina debe mantenerse de manera firme pero justa, sin pasar los límites. Se castiga: (I) cualquier trato duro que no sea necesario y aplicar castigos que no estén escritos en las leyes o reglamentos; (II) pedirle a un subordinado cosas que vayan más allá de lo que realmente necesita el servicio; y (III), en pocas palabras, todo lo que sea un abuso del superior hacia sus subalternos. Esto aplica para todos los deberes de los marinos militares.
Texto oficial
Artículo 8.- El mantenimiento de la disciplina naval será firme y razonado, y serán sancionados: I. Todo rigor innecesario y la imposición de sanción no determinada por las leyes o reglamentos; II. Las exigencias que sobrepasen las necesidades o conveniencias del servicio, y III. En general, todo lo que constituya una extralimitación por parte del superior hacia sus subalternos. CAPITULO II Deberes de los Marinos Militares
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.