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Ley
LEY del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales
Artículo
12

Artículo 12 de la LEY del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene efecto. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ese artículo fue cancelado oficialmente y ya no se aplica. Básicamente, es como si el artículo 12 nunca hubiera estado en la ley vigente.

Texto oficial

ARTICULO 12. Se deroga. LEY DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y GACETAS GUBERNAMENTALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 31-05-2019 4 de 7 Artículo derogado DOF 05-06-2012 CAPITULO SEGUNDO De las Gacetas Gubernamentales

Ver texto oficial de la LEY del Diario Oficial de la Federación y Gacetas Gubernamentales (pág. 3) ↗

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