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Ley
Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas de Escasos Recursos Residentes en la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 de la Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas de Escasos Recursos Residentes en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la forma de entregar el apoyo mensual de comida a las mamás solteras de bajos recursos que viven en la CDMX se va a definir en un reglamento especial, no aquí en la ley. Además, quien se va a encargar de operar y poner en marcha este programa es el Sistema DIF de la Ciudad de México. En resumen: el cómo se dará el apoyo lo dirán después en el reglamento, y el DIF lo ejecutará.

Texto oficial

ARTÍCULO 8.- La forma como se hará efectiva la entrega del Apoyo Alimentario mensual a las madres solas de escasos de recursos residentes en la Ciudad de México, será mediante el procedimiento que se establezca en el Reglamento de la presente Ley. La operación e implementación del programa de Apoyo Alimentario mensual a las madres solas de escasos de recursos residentes en la Ciudad de México, estará a cargo del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley que Establece el Derecho a Recibir un Apoyo Alimentario a las Madres Solas de Escasos Recursos Residentes en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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