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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/100
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
100

Artículo 100 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las observaciones (es decir, los comentarios o señalamientos que se hacen sobre algo) deben organizarse y detallarse según qué tan importantes, claras o justas sean. Además, cuando se pueda, hay que ponerles un número o una medida, como decir "esto cuesta tanto" o "afecta a tantas personas". Esto es para que no queden dudas ni cosas vagas, y se entienda bien de qué se está hablando.

Texto oficial

Artículo 100.- Las observaciones se deberán clasificar y precisar por su relevancia, claridad u objetividad, así como cuantificarse cuando sea posible.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.