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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/103
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
103

Artículo 103 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para saber si hay algo raro o incorrecto, se deben hacer las investigaciones necesarias para entender bien los detalles de las operaciones sospechosas que aparezcan durante una auditoría o por otras vías. En otras palabras, si durante una revisión de cuentas o por algún otro medio sale alguna pista de un posible problema, hay que revisarla a fondo para confirmar o descartar esa irregularidad. Esto aplica tanto para las actividades que ya se están revisando como para cualquier señal que aparezca en el camino.

Texto oficial

Artículo 103.- Para identificar, verificar o descartar la existencia de irregularidades, se deberán realizar los procedimientos necesarios para conocer la naturaleza y particularidad de las operaciones e indicios que puedan surgir como consecuencia de los trabajos de auditoria o de otras fuentes de información.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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