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Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
31

Artículo 31 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Jefe de Gobierno de la CDMX, por medio de la oficina que le toque, tiene que pasarle a la Auditoría Superior (que es como el súper vigilante de los recursos públicos) todos los papeles que comprueben de dónde viene el dinero y en qué se gastó. También debe entregar los datos de cómo van los programas y proyectos del gobierno. Todo esto se hace según lo que marca la Ley.

Texto oficial

Artículo 31.- El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México a través de la dependencia correspondiente informará a la Auditoría Superior en los términos de esta Ley, respecto de los datos contenidos en registros y documentos justificativos, comprobatorios del ingreso y del gasto público; así como los correspondientes a la información financiera y al resultado de los programas y subprogramas correspondientes.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.