- Ley
- Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
- Artículo
- 60
Artículo 60 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Auditoría Superior tiene que hacer un informe general donde incluya todos los resultados de sus revisiones a cómo se gastó el dinero público. Ahí debe poner los reportes detallados de cada auditoría que hizo, las quejas que recibió, los problemas graves que encontró, y sugerencias para mejorar las leyes y evitar la corrupción. También debe decir si encontró actos de corrupción y cómo van las investigaciones al respecto. Finalmente, este informe tiene que publicarse en internet en un formato fácil de entender y descargar para que cualquier persona pueda consultarlo.
Texto oficial
Artículo 60. La Auditoría Superior deberá incluir en el Informe General de la revisión de la Cuenta Pública, los Informes Parciales, los Informes individuales de las auditorías practicadas; los informes específicos de las denuncias presentadas; los hallazgos relevantes de dichas auditorías; las situaciones susceptibles de reformas o adiciones al marco jurídico del Gobierno de la Ciudad de México, que contribuyan prevención y detección de responsabilidades administrativas y hechos de corrupción, así como a la mejora de la gestión gubernamental; propuestas generales de mejora al sistema de control interno del Gobierno de la ciudad de México, susceptibles de ser adoptadas por todos los sujetos de fiscalización, no obstante, que no hayan sido sujetos de fiscalización en el ejercicio fiscal correspondiente a la Cuenta Pública; el correspondiente Dictamen en términos de la Fracción XIV del artículo 2 de la presente Ley, y un análisis pormenorizado sobre el impacto que tuvo en el mejoramiento del desempeño de la administración pública y en la gestión de los sujetos de fiscalización con indicadores para su medición. Asimismo, informará sobre el estado que guarda la revisión de los hechos considerados por la ley como hechos de corrupción, que fueron de su conocimiento. Este Informe General deberá publicarse en formato de datos abiertos y accesibles en el sitio de internet de la Auditoría Superior.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.