- Ley
- Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
- Artículo
- 7
Artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que revisar cómo se gasta el dinero que viene del gobierno federal se tiene que hacer siguiendo las reglas de una ley especial. Lo mismo aplica para los recursos que se usan en programas hechos junto con otras entidades (como otros estados). Además, cada vez que se revise el uso de ese dinero, se debe informar con detalles a la Comisión sobre cómo va el avance o qué resultados se obtuvieron.
Texto oficial
Artículo 7.- La vigilancia y fiscalización del ejercicio de los recursos económicos de origen federal se sujetará a las disposiciones de la Ley en la materia. En la misma forma se procederá respecto de los recursos aplicados en programas con las demás entidades federativas, informando puntualmente a la Comisión sobre los avances o resultados obtenidos. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.