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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-gestion-integral-riesgos-proteccion-civil/231
Ley
Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México
Artículo
231

Artículo 231 de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 231 ya no es válido, porque fue eliminado oficialmente el 2 de marzo de 2021, cuando se publicó esa decisión en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Esto significa que esa regla ya no existe y no debes tomarla en cuenta para nada.

Texto oficial

Artículo 231. Se deroga. Artículo derogado G.O.CDMX 02/03/21

Ver texto oficial de la Ley de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.