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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-movilidad/10
Ley
Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Artículo
10

Artículo 10 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Jefe de Gobierno de la Ciudad de México es el encargado principal de hacer que se cumpla esta ley. Para eso, puede pedir ayuda a varias dependencias, como la Secretaría de Seguridad Ciudadana, la de Desarrollo Urbano, la de Medio Ambiente, la de Obras, la de Educación, el Instituto de Verificación Administrativa y las Alcaldías (cada una en su zona). También pueden ayudar universidades, institutos, organizaciones expertas en movilidad y transporte, y grupos de trabajo entre varias ciudades, pero sin meterse en las decisiones del Consejo.

Texto oficial

Artículo 10.- Corresponde a la persona titular de la Jefatura de Gobierno, en su calidad de titular de la Administración Pública en los términos señalados por el artículo 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política de la Ciudad de México y la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, la aplicación de la presente Ley a través de: La Secretaría; Seguridad Ciudadana; Secretaría de Desarrollo Urbano; Secretaría de Medio Ambiente; Secretaría de Obras; Secretaría de Educación; Instituto de Verificación Administrativa Las Alcaldías, en lo que compete a su demarcación; y Las demás autoridades que tengan funciones relacionadas con la movilidad en la Ciudad. Podrán ser órganos auxiliares de consulta de la Administración Pública en todo lo relativo a la aplicación de la presente Ley, las Instituciones de Educación Superior y demás Institutos, asociaciones u organizaciones especializadas en movilidad, transporte y/o vialidad, así como las comisiones metropolitanas que se establezcan de conformidad con las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, con independencia del Consejo.

Ver texto oficial de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.