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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-participacion-ciudadana/4
Ley
Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno, las oficinas independientes y las alcaldías tienen la obligación de platicarte y consultarte sobre cómo usan el dinero y cómo hacen las leyes o programas que te afectan. También deben organizar juntas donde puedas dar tu opinión y al final explicarte en qué se gastó el recurso. Además, las autoridades siempre te tienen que informar de forma clara cómo vas a poder defender tus derechos para participar en todo esto. En pocas palabras, quieren que el gobierno te tome en cuenta y te explique todo.

Texto oficial

Artículo 4. Los poderes públicos, los organismos autónomos y las Alcaldías están obligados a informar, consultar, realizar audiencias públicas deliberativas y rendir cuentas ante las personas y sus comunidades sobre la administración de los recursos y la elaboración de las políticas públicas. De manera permanente las autoridades en la materia darán a conocer a la ciudadanía los mecanismos mediante los cuales tutelarán los derechos establecidos en el párrafo anterior.

Ver texto oficial de la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.