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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
20

Artículo 20 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si vas a organizar un evento de box en la Ciudad de México, ya seas una persona o una empresa, tienes que avisarle a la Alcaldía de tu zona con mínimo cinco días de anticipación. Debes entregarles un programa con todos los detalles de cómo se va a desarrollar el evento, para que ellos lo revisen y lo aprueben. Ese programa tiene que cumplir con lo que marca la ley en cuanto a los requisitos. En otras palabras, no puedes hacer la función sin antes pasar el visto bueno de las autoridades locales.

Texto oficial

Artículo 20. Toda persona física o moral que ofrezca espectáculos de box en la Ciudad de México deberá presentar para el visto bueno de la Alcaldía que corresponda en razón de territorio, un programa para el desarrollo del evento con al menos cinco días de anticipación a la fecha en que vaya a desarrollarse. Dicho programa deberá cumplir con los requisitos que para tal efecto establece la Ley.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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