- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a organizar un evento de box en la Ciudad de México, ya seas una persona o una empresa, tienes que avisarle a la Alcaldía de tu zona con mínimo cinco días de anticipación. Debes entregarles un programa con todos los detalles de cómo se va a desarrollar el evento, para que ellos lo revisen y lo aprueben. Ese programa tiene que cumplir con lo que marca la ley en cuanto a los requisitos. En otras palabras, no puedes hacer la función sin antes pasar el visto bueno de las autoridades locales.
Texto oficial
Artículo 20. Toda persona física o moral que ofrezca espectáculos de box en la Ciudad de México deberá presentar para el visto bueno de la Alcaldía que corresponda en razón de territorio, un programa para el desarrollo del evento con al menos cinco días de anticipación a la fecha en que vaya a desarrollarse. Dicho programa deberá cumplir con los requisitos que para tal efecto establece la Ley.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.