- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 40
Artículo 40 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si la Comisión se da cuenta de que uno de los boxeadores principales pesa mucho más de lo debido o no está en buena forma física, tiene que checar su peso de inmediato o pedirle al jefe de servicios médicos que le haga un examen extra. Esto es para asegurarse de que el boxeador esté en condiciones de pelear.
Texto oficial
Artículo 40. Cuando la Comisión tenga conocimiento de que alguno de los boxeadores que figuran en el evento estelar se encuentra considerablemente excedido de peso o bien, que no se halla en buenas condiciones físicas de salud, debe ordenar de inmediato la verificación del peso o solicitar a la Jefatura del Servicio Médico la realización de un examen extraordinario al boxeador.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.