Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-comision-tecnica-box-desarrollo-espectaculos-publicos-box/42
- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Los boxeadores tienen prohibido bajarse del ring antes de que se anuncie quién ganó la pelea. Ese anuncio se debe hacer justo al terminar el combate, sin demora.
Texto oficial
Artículo 42. Los boxeadores no podrán abandonar el cuadrilátero antes de que se dé a conocer al público el resultado de la pelea, lo cual se deberá realizar inmediatamente después de terminada la pelea.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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