- Ley
- Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
- Artículo
- 89
Artículo 89 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
En cada esquina del cuadrilátero (que es la zona de pelea, tipo ring de box o lucha libre) debe haber un poste de hierro, dejando libre un espacio de 50 centímetros. La altura de cada poste debe medir entre 1.40 y 1.45 metros, ni más ni menos. Estos postes son los que sostienen las cuerdas y mantienen segura el área de combate. Es para que los luchadores tengan un espacio bien definido y sin riesgos.
Texto oficial
Artículo 89. En cada una de las esquinas y dejando libre un espacio de cincuenta centímetros, tendrá el cuadrilátero un poste de hierro de una altura no menor de un metro cuarenta centímetros ni mayor de un metro cuarenta y cinco centímetros.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.