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Ley
Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México
Artículo
91

Artículo 91 del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La altura del piso del ring de boxeo debe medir entre un metro veinte centímetros y un metro cuarenta y cinco centímetros, tomando como referencia el suelo de la arena donde está montado. Esto quiere decir que no puede ser más bajo de lo primero ni más alto de lo segundo. Lo importante es que siempre se mantenga dentro de ese rango para que sea seguro y esté bien regulado.

Texto oficial

Artículo 91. La altura de la plataforma del cuadrilátero no será menor de un metro veinte centímetros, ni mayor de un metro cuarenta y cinco centímetros en relación con el piso de la arena.

Ver texto oficial del Reglamento de la Comisión Técnica de Box y el Desarrollo de Espectáculos Públicos de Box en la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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