- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 140
Artículo 140 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para elegir a los presidentes y secretarios que van a dirigir una sesión de la asamblea, la votación se hace en ese mismo momento, sin dejarla para después. Es decir, no se postergan las votaciones para otro día, todo se resuelve durante la reunión que ya empezó. Así se evitan demoras y se mantiene el orden del trabajo.
Texto oficial
Artículo 140.- Las votaciones para elegir Mesa Directiva de la Asamblea, se decidirán dentro de la misma sesión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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