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Ley
Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Artículo
140

Artículo 140 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para elegir a los presidentes y secretarios que van a dirigir una sesión de la asamblea, la votación se hace en ese mismo momento, sin dejarla para después. Es decir, no se postergan las votaciones para otro día, todo se resuelve durante la reunión que ya empezó. Así se evitan demoras y se mantiene el orden del trabajo.

Texto oficial

Artículo 140.- Las votaciones para elegir Mesa Directiva de la Asamblea, se decidirán dentro de la misma sesión.

Ver texto oficial del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (pág. 45) ↗

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