- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 190
Artículo 190 del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones del Congreso que revisan las leyes deben hacer un informe escrito con sus conclusiones. Ese informe se llama dictamen y lo tienen que entregar a todos los diputados o senadores reunidos en el Pleno, que es la sesión donde se toman las decisiones. Básicamente, primero estudian el asunto, luego escriben su opinión formal y al final la presentan frente a todo el grupo para que se vote.
Texto oficial
Artículo 190.- Las Comisiones señaladas en el artículo precedente emitirán los dictámenes correspondientes y deberán ser presentados ante el Pleno.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.