Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-gobierno-interior-asamblea-legislativa-distrito-federal/78%20Bis
- Ley
- Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
- Artículo
- 78 Bis
Artículo 78 Bis del Reglamento para el Gobierno Interior de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo está derogado, lo que significa que ya no es válido ni se aplica en la ley. Antes existía, pero fue eliminado oficialmente, así que ya no tienes que preocuparte por él. En pocas palabras, es como si nunca hubiera estado en la ley para efectos prácticos.
Texto oficial
Artículo 78 Bis. (DEROGADO)
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.