- Ley
- Reglamento Interior de la Comisión de Box Profesional del Distrito Federal
- Artículo
- 25
Artículo 25 del Reglamento Interior de la Comisión de Box Profesional del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 25 dice que las reuniones de la Comisión pueden ser de tres tipos: ordinarias (las que pasan seguido), extraordinarias (cuando se necesitan de urgencia) o solemnes (eventos formales). También pueden ser abiertas al público o a puerta cerrada, donde solo entran los miembros.
Texto oficial
Artículo 25.- Las sesiones de la Comisión podrán ser ordinarias, extraordinarias o solemnes. Además podrán ser públicas y a puerta cerrada.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.