- Ley
- Reglamento Interior del Instituto de la Diabetes
- Artículo
- 3
Artículo 3 del Reglamento Interior del Instituto de la Diabetes
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo solo sirve para definir palabras clave usadas en el reglamento. "Atención" significa que un equipo de especialistas en diabetes te atiende, combinando diferentes áreas de la salud. "Director General" se refiere al jefe de los Servicios de Salud Pública de la CDMX. "Instituto" es el Instituto de la Diabetes. "Ley" habla de la ley específica contra la diabetes en la Ciudad de México. "Reglamento" son las reglas internas de ese Instituto. Finalmente, "Servicios de Salud Pública" es la dependencia del gobierno de la CDMX encargada de darte consultas médicas básicas y servicios de salud para todos.
Texto oficial
Artículo 3.- Para efectos del presente Reglamento, además de lo establecido en la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal y demás normalidad que al efecto resulte aplicable, se entenderá por: I.- Atención.- Aquella otorgada por un equipo especializado en el manejo de la diabetes, desde su ámbito de acción y bajo un enfoque interdisciplinario; II.- Director General.- Al Director General de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal; III.- Instituto.- Al Instituto de la Diabetes; IV.- Ley.- A la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes en el Distrito Federal; V.- Reglamento.- Al Reglamento Interior del Instituto de la diabetes; y VI.- Servicios de Salud Pública del Distrito Federal.- Al Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, sectorizado a la Secretaría, creado en los términos de la Ley General de Salud y el Convenio de Descentralización de los Servicios de Salud para la Población Abierta del Distrito Federal, que tiene por objeto la prestación de servicios de salud pública, de atención médica de primer nivel y de servicios de salubridad general de ejercicio coordinado en los términos de los instrumentos jurídicos aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.