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Ley
Reglamento Interior del Instituto de la Diabetes
Artículo
9

Artículo 9 del Reglamento Interior del Instituto de la Diabetes

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está a cargo del Centro Especializado en el Manejo de la Diabetes tiene varias responsabilidades. Debe crear un plan de atención para la diabetes donde trabajen juntos diferentes especialistas, y ayudar a capacitar a doctores y enfermeras para que la atención sea uniforme y de buena calidad. También tiene que promover que los pacientes tomen decisiones informadas para mejorar su estilo de vida y controlar su enfermedad, y asegurarse de que el centro funcione de manera eficiente, siguiendo las reglas de salud. Además, debe coordinar la investigación y la enseñanza, y trabajar con otras instituciones de salud para que los pacientes sean atendidos de manera integral. Por último, puede hacer otras tareas que su jefe o la ley le pidan.

Texto oficial

Artículo 9.- El titular del Centro Especializado en el Manejo de la Diabetes tendrá las atribuciones siguientes: I.- Integrar un modelo de atención interdisciplinaria y especializada enfocada a la prevención y tratamiento de la diabetes; II.- Coadyuvar en la formación de recursos humanos especializados en la atención de la diabetes, con el objeto de unificar la atención que se otorga al paciente y con ello, mejorar la calidad de la atención médica; III.- Generar un modelo de adherencia terapéutica, como un proceso activo e intencional del cuidado, en el cual el paciente por mutuo acuerdo trabaje para mantener su salud en estrecha colaboración con el equipo multidisciplinario; IV.- Promover una conducta informada y motivada entre los pacientes que les permita lograr cambios en su estilo de vida diaria así como la toma de decisiones hacia un cambio participativo para el control de su enfermedad; V.- Generar acciones tendientes a uniformar la atención médica que se otorga al paciente crónico en el Distrito Federal, a través de la capacitación permanente del personal de salud de las diferentes unidades de Servicios de Salud Pública del Distrito Federal; VI.- Elaborar, planear, organizar, coordinar, dirigir y controlar, el programa de trabajo y desarrollo de las actividades del Centro Especializado en el Manejo de la Diabetes; VII.- Vigilar que el Centro Especializado en el Manejo de la Diabetes funcione con apego a indicadores de eficiencia y productividad establecidos. VIII.- Organizar y supervisar la prestación de servicios de atención médica de conformidad con la normatividad sanitaria vigente; IX.- Coordinar las acciones de investigación y enseñanza X.- Promover la elaboración de protocolos de investigación; XI.- Asegurar la operación del sistema de referencia y contra referencia del Centro Especializado en el Manejo de la Diabetes con otras unidades aplicativas de conformidad con la normatividad aplicable; XII.- Establecer acciones de coordinación con las autoridades locales e Instituciones de Salud; y XIII.- Las demás que le encomiende su superior jerárquico y las disposiciones legales aplicables. CAPÍTULO IV DEL ÁREA DE ENSEÑANZA E INVESTIGACIÓN

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Instituto de la Diabetes (pág. 1) ↗

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