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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica que el reglamento tiene el propósito de poner reglas claras sobre cómo funcionan las oficinas del gobierno de la Ciudad de México. También define qué trabajos específicos le tocan a cada área, como las unidades administrativas, los equipos de apoyo técnico y las oficinas que no dependen directamente de una secretaría. Todo esto se hace siguiendo los principios que guían cómo debe organizarse el gobierno de la ciudad. Además, cuando el reglamento da atribuciones (es decir, tareas o poderes para actuar) a estas oficinas o a puestos hasta cierto nivel, se considera que esas atribuciones ya fueron delegadas automáticamente; no necesitan un permiso extra. Por último, las unidades de apoyo técnico-operativo también tienen que recibir tareas específicas además de las generales, y esas también se entienden como ya delegadas.

Texto oficial

Artículo 1°.- Las disposiciones contenidas en este ordenamiento tienen por objeto reglamentar la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, así como adscribir y asignar atribuciones a las Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de las Dependencias, así como a los Órganos Desconcentrados de la Administración Pública de la Ciudad de México, atendiendo a los principios estratégicos que rigen la organización administrativa de la Ciudad de México. Las atribuciones establecidas en este Reglamento para las Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo de las Dependencias, así como a los Órganos Desconcentrados, hasta el nivel de puesto de Enlace; se entenderán delegadas para todos los efectos legales. Además de las atribuciones generales que se establecen en este Reglamento para las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo, deberán señalarse las atribuciones específicas, entendiéndose dichas atribuciones, como delegadas.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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