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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
139

Artículo 139 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

A la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria le toca hacer que la cultura llegue a todas las personas, especialmente planeando estrategias como cine clubs, ferias del libro y talleres. También tiene que medir qué tanto impacto tienen estos programas en la comunidad y usar estudios de la población para decidir en qué gastar mejor el dinero. Apoya a las Alcaldías para que tengan sus propias políticas culturales, impulsa el intercambio entre comunidades y crea espacios como los FAROS y PILARES para que la gente pueda aprender arte y oficios. Además, busca que las personas con menos recursos tengan acceso a eventos culturales de calidad, tanto locales como de otros países, y capacita a promotores culturales para que hagan mejor su trabajo.

Texto oficial

Artículo 139.- Corresponde a la Dirección General de Vinculación Cultural Comunitaria: Establecer estrategias, a partir de la promotoría comunitaria, que extienda servicios culturales a la población, tales como cine clubs, fomento a la lectura, ferias y otros, así como aquellos que colaboren a la difusión de la cultura; Definir criterios para medir el impacto social de los Programas Culturales Comunitarios de la Secretaría de Cultura; Realizar, analizar e incorporar estudios sociodemográficos y socioculturales de la población en la planeación de acciones y programas, con el objeto de orientar de mejor manera los recursos con los que cuenta la Secretaría de Cultura para la difusión de servicios culturales; Promover la base de la oferta cultural adecuada a las necesidades de las comunidades y apoyar la gestión de recursos; Apoyar a las Alcaldías en la definición e implementación de políticas culturales comunitarias; Impulsar el intercambio cultural entre las comunidades; Conducir el diseño de las políticas culturales comunitarias a partir de indicadores que establezcan la relación entre desarrollo social, humano y cultura; Desarrollar espacios comunitarios para propiciar la convivencia social a partir de la satisfacción de las necesidades de expresión y manifestación cultural; Establecer contacto con promotores sociales y culturales a fin realizar esfuerzos conjuntos para satisfacer necesidades culturales en el mayor número de comunidades; Propiciar el acceso a bienes y servicios culturales de calidad; Allegar a la población de escasos recursos ofertas culturales locales, nacionales y/o extranjeras; Desarrollar metodologías instrumentos, a partir de las disciplinas de las ciencias sociales, que permitan un trabajo de promoción cultural; Apoyar a la profesionalización y formación de promotores culturales; Desarrollar métodos de evaluación y planeación que permitan mejorar la calidad de la prestación de los servicios culturales; Diseñar talleres orientados al aprendizaje, apreciación y ejecución de las diferentes disciplinas artísticas y fomentar el gusto y desarrollo de la creatividad comunitaria a partir de ellos por las mismas; Desarrollar y diseñar esquemas de operación de fábricas de artes y oficios (FAROS), que permitan su vinculación a las comunidades, como espacios orientados hacia la promoción, fomento, formación y enseñanza de las disciplinas artísticas y oficios relacionados con éstas; Desarrollar y diseñar esquemas de operación de puntos de innovación, libertad, arte, educación y saberes (PILARES), que permitan su vinculación a las comunidades, como espacios orientados hacia la promoción, fomento, formación y enseñanza de las disciplinas artísticas y oficios relacionados con éstas; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 21/07/23 Promover, en conjunto con instancias públicas, privadas y sociales, el desarrollo y permanencia de proyectos culturales y artísticos individuales o colectivos; Fomentar la creación de espacios dedicados a la lectura, espacios feriales que promuevan la lectura; así como la promoción y distribución de libros, para propiciar su préstamo y circulación gratuita; Digitalizar el acceso de la comunidad, la ubicación y oferta de servicios culturales comunitarios, para mayor acceso de la población; Coadyuvar al fortalecimiento del sector dedicado a la generación de empleo en perspectiva sustentable, de economía social, solidaria y cooperativismo en la Ciudad de México; Impulsar y fortalecer proyectos culturales de la comunidad a través de colectivos culturales independientes; Fomentar espacios de participación comunitarios a través de actividades artísticas culturales; y Promover procesos organizativos de índole artística cultural con la comunidad.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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