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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
143

Artículo 143 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección General del Instituto de los Derechos Culturales de la CDMX tiene varias obligaciones principales: recibir y atender cualquier queja de una persona o grupo que sienta que sus derechos culturales fueron violados. También debe investigar temas de derechos culturales, ya sea por su cuenta o haciendo convenios con escuelas. Además, puede proponerle a la Secretaría nuevas reglas o programas para proteger mejor esos derechos, y cada año debe presentar un informe con los resultados de su trabajo. Su meta es mejorar las políticas públicas en cultura y asegurarse de que se cumplan las leyes correspondientes.

Texto oficial

Artículo 143.- Corresponde a la Dirección General del Instituto de los Derechos Culturales de la Ciudad de México: Atender y resolver las quejas que por motivo de trasgresión de los derechos culturales presente cualquier persona individual o colectiva ante la Secretaría, mediante el procedimiento establecido en esta Ley; Llevar a cabo proyectos de investigación académica en materia de derechos culturales ya sea directamente o a través de convenios con universidades o centros de investigación; Proponer a la Secretaría, normas reglamentarias y operativas para la mayor eficacia en la protección de los derechos culturales en la Ciudad de México; Elaborar y proponer a la Secretaría, para su aprobación, el Programa de Protección de los derechos culturales que le competan a la Secretaría, a fin de orientar las políticas públicas en materia de cultura, atendiendo todas las disposiciones legales que así lo dispongan; Elaborar informes anuales sobre los resultados de las acciones en materia de investigación y protección de los derechos culturales; y Proponer todos los mecanismos e instrumentos tendientes a la protección de los derechos culturales que le competan a la Secretaría, a fin de orientar las políticas públicas en materia de cultura, atendiendo a todas las disposiciones legales que así lo dispongan. SECCIÓN VI DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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