- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 143
Artículo 143 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General del Instituto de los Derechos Culturales de la CDMX tiene varias obligaciones principales: recibir y atender cualquier queja de una persona o grupo que sienta que sus derechos culturales fueron violados. También debe investigar temas de derechos culturales, ya sea por su cuenta o haciendo convenios con escuelas. Además, puede proponerle a la Secretaría nuevas reglas o programas para proteger mejor esos derechos, y cada año debe presentar un informe con los resultados de su trabajo. Su meta es mejorar las políticas públicas en cultura y asegurarse de que se cumplan las leyes correspondientes.
Texto oficial
Artículo 143.- Corresponde a la Dirección General del Instituto de los Derechos Culturales de la Ciudad de México: Atender y resolver las quejas que por motivo de trasgresión de los derechos culturales presente cualquier persona individual o colectiva ante la Secretaría, mediante el procedimiento establecido en esta Ley; Llevar a cabo proyectos de investigación académica en materia de derechos culturales ya sea directamente o a través de convenios con universidades o centros de investigación; Proponer a la Secretaría, normas reglamentarias y operativas para la mayor eficacia en la protección de los derechos culturales en la Ciudad de México; Elaborar y proponer a la Secretaría, para su aprobación, el Programa de Protección de los derechos culturales que le competan a la Secretaría, a fin de orientar las políticas públicas en materia de cultura, atendiendo todas las disposiciones legales que así lo dispongan; Elaborar informes anuales sobre los resultados de las acciones en materia de investigación y protección de los derechos culturales; y Proponer todos los mecanismos e instrumentos tendientes a la protección de los derechos culturales que le competan a la Secretaría, a fin de orientar las políticas públicas en materia de cultura, atendiendo a todas las disposiciones legales que así lo dispongan. SECCIÓN VI DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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