- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 162 Bis
Artículo 162 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección General de Cuidados y Educación de las Infancias tiene varias tareas importantes. Ayuda al jefe de la Subsecretaría de Educación a hacer su trabajo y le presenta propuestas de escuelas públicas y privadas. También se encarga de crear, poner en marcha y revisar proyectos para mejorar el cuidado y la educación de niños, niñas, adolescentes y jóvenes de la Ciudad de México. Otra de sus funciones es planear cómo se gasta el dinero del presupuesto y asegurarse de que se use bien y a tiempo. Además, propone reglas y programas para mejorar la educación inicial, como apoyar a maestros, papás y cuidadores, y coordinar actividades culturales y deportivas en las escuelas. Por último, vigila que todo funcione revisando la calidad de la educación y organizando la capacitación del personal de las estancias infantiles.
Texto oficial
Artículo 162 Bis. - Corresponde a la Dirección General de Cuidados y Educación de las Infancias: Auxiliar a la persona Titular de la Subsecretaría de Educación en el ejercicio de sus atribuciones, así como presentarle peticiones y proyectos, en materia educativa, provenientes de instituciones públicas y privadas; Coordinar la elaboración, implementación y evaluación de proyectos y acciones que fortalezcan el cuidado y el derecho a la educación de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes de la Ciudad de México; Integrar del anteproyecto los proyectos de presupuesto que le correspondan, así como verificar su correcta y oportuna ejecución por parte de las Unidades; Coordinar los procesos de planeación y programación de los proyectos y acciones de las direcciones de área bajo su adscripción; Formular los instrumentos normativos necesarios para impulsar la mejora de las condiciones institucionales de la educación inicial en la Ciudad de México, en un marco de articulación con las políticas y dependencias involucradas en el Sistema Público de Cuidados; Proponer programas, proyectos o acciones que amplíen los servicios de educación inicial en la Ciudad de México; Coordinar el diseño, operación y evaluación de acciones que, en el marco de la Política Nacional de Educación Inicial, fortalezcan el modelo educativo y la formación de los y las agentes educativas, padres, madres y personas cuidadoras de los servicios educativos en la Ciudad de México; Determinar las políticas, prioridades, programas y medidas de acción de carácter estratégico que pudieran derivarse de la evaluación de la educación de la Ciudad de México; Formular proyectos que fortalezcan la educación de las niñas, niños y adolescentes, a través del desarrollo de actividades culturales y deportivas, así como de la participación comunitaria, en las escuelas y planteles de educación básica de la Ciudad de México, en coordinación con las autoridades educativas federales; Formular de manera sistemática y permanente, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y las entidades especializadas competentes, la evaluación de la calidad y eficacia de la educación de la Ciudad de México relacionado con las infancias, para el cumplimiento de las políticas, objetivos, programas, proyectos, actividades, compromisos y el impacto de los mismos; Establecer un sistema de evaluación educativa en la Ciudad de México que permita contar con indicadores del desempeño y evolución de las funciones educativas relacionadas con las infancias; Operar el Programa Anual de Formación y Actualización del personal docente que labora en los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México; Apoyar a la persona titular de la Secretaría, las sesiones ordinarias y extraordinarias, así como los trabajos acordados del Comité de Desarrollo Interinstitucional de Atención y Cuidado de la Infancia; Vigilar que la coordinación para el desarrollo de proyectos que complementen y fortalezcan la educación escolar de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes que asisten a las escuelas y planteles de educación básica y media superior de la Ciudad de México, se realice con base a lo programado; Vigilar que los programas y políticas que se promuevan desde la Secretaría, contemplen una perspectiva humanista que promuevan, en la educación, habilidades para la vida, la convivencia, el trabajo, la paz, la salud, el medio ambiente y la educación cívica; Atender el funcionamiento y operación que impacta en el ámbito educativo en los Centros de Atención y Cuidado Infantil para la Ciudad de México; Las demás que le sean encomendadas por la persona titular de la Secretaría, congruentes con la normatividad aplicable y que tengan alguna de las finalidades enunciadas en la ley de la materia y en el presente Reglamento. Artículo adicionado con sus fracciones G.O. CDMX 30/04/25
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