Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/179
- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 179
Artículo 179 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se elimina o se borra del código, como cuando tachas una regla que ya no sirve. Al estar "derogado", ya no tiene ningún efecto legal y no debes preocuparte por él. Significa que la ley que estaba antes en ese artículo ya no existe. Es como si nunca hubiera estado escrita.
Texto oficial
Artículo 179.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.