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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
223

Artículo 223 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Claro, aquí tienes la explicación de ambos artículos en lenguaje sencillo: El Artículo 223 dice que una oficina del gobierno de la Ciudad de México, llamada Dirección Ejecutiva de Estudios del Trabajo, se encarga de investigar los problemas laborales. Su trabajo es hacer estudios y diagnósticos para ayudar a crear mejores leyes de trabajo, y también juntar información y estadísticas para que trabajadores, empresas y escuelas puedan consultarlas. Además, puede difundir estos estudios por su cuenta o con ayuda de otras organizaciones. El Artículo 224 habla de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, que es como un abogado gratis para los trabajadores. Esta oficina puede ayudar a resolver pleitos entre trabajadores y empresas (patrones) mediante pláticas o conciliación, y si un trabajador o un sindicato lo pide, los asesora o representa en problemas laborales. También debe denunciar cuando no se paga el salario mínimo o el reparto de utilidades, y trabajar con los juzgados para combatir prácticas como los contratos colectivos que no benefician a los trabajadores.

Texto oficial

Artículo 223.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Estudios del Trabajo: Promover la investigación sobre la problemática laboral en la Ciudad de México, y elaborar diagnósticos, análisis y estudios en la materia, que contribuyan a la formulación de la política laboral en la Ciudad de México, así como promover la participación de organizaciones gubernamentales en el estudio y difusión de la misma; y el establecimiento de relaciones de colaboración con instituciones nacionales e internaciones para desarrollar conjuntamente investigaciones, seminarios y programas de difusión relacionados con dicha problemática; Integrar un banco de información estadística y archivo documental de temas relacionados con la problemática laboral, así como proporcionar a trabajadores, empresarios e instituciones académicas, documentación e información de apoyo e investigación; Difundir con recursos propios, o mediante convenios con otros organismos públicos o privados, estudios y documentos de interés general, en el ámbito laboral; Coordinar y dar seguimiento a los asuntos relacionados con estudios e investigación sobre aspectos de trabajo; Proponer al superior jerárquico las políticas en materia de estadística y datos laborales; Rendir informes sobre la gestión de asuntos de su competencia; Proporcionar y requerir de las autoridades competentes, la información y documentación necesaria para el desarrollo de sus funciones; y Las demás que le confieran otras disposiciones. Artículo 224 La Procuraduría de la Defensa del Trabajo, además de las facultades que establece el Reglamento de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Distrito Federal tendrá las siguientes: Establecer medidas para prevenir y en su caso, conciliar los conflictos obrero-patronales; Asesorar y representar a los trabajadores en sus conflictos laborales y sus sindicatos en las revisiones y cumplimiento de los contratos colectivos, cuando éstos lo soliciten; Asesorar y en su caso representar a los trabajadores y a los sindicatos que lo soliciten en los asuntos controversiales que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo en el ámbito local; Orientar y asesorar a los trabajadores y patrones, para las revisiones y cumplimientos de los contratos colectivos en el ámbito de su competencia; Promover políticas en coordinación con las autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo, en contra de las prácticas que promueven la existencia de contratos colectivos de protección; Implementar políticas para la protección y mejoramiento de los derechos de los trabajadores asalariados; Coadyuvar con las autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo en los acuerdos que se celebren para la aplicación eficiente de la justicia laboral, cuando así se le solicite; Denunciar en la vía correspondiente la falta o retención de pago de los salarios mínimos o del reparto de utilidades, interponiendo las acciones, recursos o gestiones encaminadas a subsanar dicha omisión; Denunciar ante las instancias competentes de las autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo, los criterios contradictorios que se presenten en su interior, invitándolas a unificar el sentido de dichas decisiones para que haya congruencia entre ellas; Denunciar ante las instancias disciplinarias correspondientes de las autoridades jurisdiccionales locales en materia de trabajo de la Ciudad de México, el incumplimiento de los deberes de los funcionarios encargados de impartir la justicia laboral, para que aquellas procedan con arreglo a derecho; Coordinar sus funciones con todas las autoridades laborales locales, así como con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, a efecto de establecer criterios comunes para la defensa eficaz de los derechos de los trabajadores, con ese objeto podrá celebrar convenios con dichas Dependencias, respetando en cada caso sus respectivas esferas de competencia; Dirigir y coordinar sus funciones, mediante la asignación de facultades a sus demás Unidades Administrativas y Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo cuando no estén asignadas a otras, por alguna disposición jurídica o administrativa; Difundir ante los medios de comunicación, los derechos y obligaciones de los trabajadores asalariados, ofreciendo sus servicios de manera gratuita; y Establecer mesas de conciliación entre empleadores y trabajadores, para disminuir el número de demandas a presentar antelas autoridades jurisdiccionales en materia de trabajo de competencia local, en el ámbito de la Ciudad de México.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.