- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 240
Artículo 240 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Dirección de Atención y Procesos de Servicios Tributarios es la encargada de recibir y resolver tus solicitudes para que te devuelvan dinero o te compensen si pagaste impuestos de más. También te puede dar copias certificadas o comprobantes de tus deudas fiscales cuando los pidas. Revisa y tramita tus declaraciones, avisos y documentos que debes presentar para cumplir con tus obligaciones. Puede calcular cuánto debes pagar de impuestos y sus recargos, y también darte orientación y asesoría sobre estos temas. Además, si encuentra posibles fraudes fiscales, debe avisarle a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 240.- Corresponde a la Dirección de Atención y Procesos referentes a Servicios Tributarios: Recibir, tramitar, resolver y, en su caso, autorizar el pago de las solicitudes de devolución o compensación de créditos fiscales a favor de las y los contribuyentes, en los términos y con las modalidades que se señalen en las leyes fiscales aplicables y en los acuerdos y convenios del Ejecutivo Federal; Expedir a las y los contribuyentes copias certificadas, constancias e informes de adeudo a que se refieren las leyes fiscales aplicables; Recibir, revisar y tramitar en materia de su competencia, las manifestaciones, declaraciones, avisos, documentos e informes que presenten o deban presentar los sujetos obligados, para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales; Determinar contribuciones y sus accesorios, en los términos y modalidades que señalen las leyes aplicables y los acuerdos y convenios del Ejecutivo Federal; Brindar orientación y asesoría a las y los contribuyentes; Planear, normar, coordinar, dirigir y evaluar la operación y aplicación de las normas y procedimientos, en la materia de su competencia; e Informar a la Procuraduría Fiscal de la Ciudad de México de los hechos que conozca con motivo del ejercicio de sus atribuciones y puedan constituir delitos fiscales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.