- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 303
Artículo 303 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 303 ya no está vigente. Fue eliminado o cancelado oficialmente el 30 de diciembre de 2024, según la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Esto significa que ya no tienes que cumplir con lo que decía ese artículo, porque ya no existe en la ley. La palabra "derogado" es la forma legal de decir que una regla fue borrada o anulada por completo.
Texto oficial
Artículo 303.- Se deroga. Artículo derogado G.O. CDMX 30/12/2024
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.