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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/317
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
317

Artículo 317 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Se eliminó este artículo de la ley, por lo que ya no existe ni aplica. Eso quiere decir que ya no hay que tomar en cuenta lo que decía antes. Si antes te afectaba de alguna forma, ahora ya no tienes que preocuparte por eso.

Texto oficial

Artículo 317.-Se deroga.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.