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- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 321
Artículo 321 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo solo dice que se cancela o elimina una regla que existía antes. Cuando una ley dice "se deroga", significa que ya no aplica y no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no hay nada que explicar ni que cumplir aquí, porque la norma simplemente ya no existe.
Texto oficial
Artículo 321.- Se deroga.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.