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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
34 Bis

Artículo 34 Bis del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría de Operación de Infraestructura Hidráulica y Eficiencia se encarga de planear y supervisar todo el proceso del agua en la Ciudad de México: desde captarla, potabilizarla y distribuirla, hasta tratar las aguas residuales y desalojar el agua de lluvia. También define cómo ahorrar agua, reducir fugas y modernizar los sistemas con tecnología para medir el consumo y las presiones. Coordina con otras áreas y con las Alcaldías para dar mantenimiento a tuberías, bombas y vehículos, y atender fallas en el suministro. Además, participa en la creación de reglas para que empresas privadas puedan dar servicios de agua, drenaje y tratamiento, y vigila que cumplan con la ley.

Texto oficial

Artículo 34 Bis.- Subsecretaría de Operación de Infraestructura Hidráulica y Eficiencia tendrá las siguientes atribuciones: Establecer los programas y actividades relativas a los procesos de producción, captación, potabilización, conducción y distribución de agua potable, tratamiento y desalojo de aguas residuales y pluviales; Establecer los programas operativos, presupuestación y mantenimiento de la infraestructura de agua potable, potabilización, drenaje, tratamiento y reúso; Elaborar el programa de eficiencia, disminución de pérdidas, tecnificación, automatización y reducción de agua no contabilizada; Diseñar y dirigir los programas de instrumentación e información de caudales, presión y niveles operativos de las instalaciones del sistema de automatización y telemetría de agua potable y drenaje; Elaborar en coordinación con la Dirección General de Servicios a Usuarios, el plan de medición y telemetría de los grandes usuarios y usuarios con medición remota, para impactar en la disminución de los volúmenes agua no contabilizada; Planear y dirigir el funcionamiento de los sistemas de distribución de agua potable, agua residual y agua tratada; Elaborar de manera conjunta con la Subsecretaría de Planeación y Proyectos, las políticas y acciones relativas al monitoreo y control de la calidad del agua potable, agua residual y agua tratada, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; Establecer las políticas y acciones para la elaboración y cumplimiento de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo a instalaciones civiles, equipos mecánicos, electromecánicos y electrónicos, así como del parque vehicular y maquinaria pesada; Coadyuvar con la Subsecretaría de Planeación y Proyectos, con opiniones técnico-operativas para los procesos de contratación de obra pública y servicios relacionados con la misma con cargo total a los recursos del Presupuesto de Egresos de la Ciudad de México, así como las obras financiadas total o parcialmente con fondos federales; Establecer y dirigir las políticas y acciones para la atención de fallas en los sistemas de agua potable; Formalizar y coordinar los mecanismos de colaboración con las Alcaldías, para la prestación de los servicios hidráulicos en las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México; Establecer, evaluar y proponer en coordinación con la Subsecretaría de Planeación y Proyectos, las bases y lineamientos para el otorgamiento, modificación, prórroga, suspensión, rescate, terminación o revocación de concesiones para la prestación de los servicios públicos de agua potable, drenaje, tratamiento y rehúso de aguas residuales, así como de bienes del dominio público, y definición de la participación de los particulares, conforme a la normatividad aplicable en la materia, así como, la regulación, supervisión y vigilancia de las mismas; Suscribir los documentos relativos al ejercicio de las atribuciones y aquellos que le sean señalados por delegación o le correspondan por suplencia y las demás funciones que se deriven de la normatividad aplicable; Suscribir los contratos, convenios y demás actos jurídicos y administrativos dentro del ámbito de su competencia, así como substanciar y resolver los procedimientos para revocarlos, suspenderlos y/o terminarlos con apego a la normatividad aplicable, previa revisión y opinión de la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos; Remitir a la Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos los documentos para interponer las acciones jurídicas necesarias, para la defensa de los intereses de la Secretaría, en el ámbito de su competencia; Expedir y certificar copias de los documentos que obren en sus archivos; y Las demás que le confieran las disposiciones jurídicas y administrativas aplicables, así como las que correspondan a las Unidades Administrativas de Apoyo Técnico-Operativo que le estén adscritas.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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