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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_reglamento-interior-poder-ejecutivo-administracion-publica/35
Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
35

Artículo 35 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 35 fue eliminado de la ley. En lugar de tener un contenido, solo dice "Se deroga", lo que significa que ya no existe ni se aplica. En la práctica, esto no te afecta directamente, solo indica que ese artículo en específico ya no es válido. La Sección VII habla sobre la Secretaría de Movilidad, que es la dependencia encargada del transporte y la vialidad en tu ciudad o estado.

Texto oficial

Artículo 35.- Se deroga. SECCIÓN VII DE LA SECRETARÍA DE MOVILIDAD

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.