- Ley
- Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
- Artículo
- 37
Artículo 37 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Subsecretaría de Planeación, Políticas y Regulación se encarga de varias tareas de movilidad en la Ciudad de México. Por ejemplo, debe ponerse de acuerdo con el jefe o jefa de la Secretaría de Movilidad para planear y evaluar proyectos del sector. También supervisa las finanzas de los organismos públicos de movilidad, como los que manejan el transporte, y se asegura de que los programas de seguridad vial y regulación del transporte avancen bien. Otra de sus funciones es coordinar los estudios sobre tránsito, infraestructura vial y estacionamientos, así como revisar las multas por radares de velocidad y definir dónde se ponen los parquímetros. Además, estudia las tarifas del transporte público y de carga, y propone cambios para que los servicios sean más accesibles para personas con discapacidad y para eliminar desigualdades por género.
Texto oficial
Artículo 37.- La Subsecretaría de Planeación, Políticas y Regulación tendrá las siguientes atribuciones: Acordar con la persona Titular de la Secretaría de Movilidad el despacho de los asuntos relacionados con la Planeación Sectorial y de la Secretaría, y con la programación y la evaluación correspondiente; Supervisar la evaluación financiera y presupuestal de organismos públicos del sector movilidad; Promover el desarrollo de los programas sectoriales e institucionales relacionados con la movilidad, la seguridad vial y la regulación del transporte; Coordinar el diseño, integración y operación del sistema de estadística sectorial de la movilidad; Supervisar las acciones para la regulación y desarrollo de la movilidad sustentable; Coordinar los estudios de movilidad metropolitana, infraestructura vial, economía de movilidad, impacto de movilidad, así como los demás que sean necesarios para el Sector; Supervisar la implementación de sanciones derivadas de los registros de radares de velocidad en la Ciudad de México, en el marco del Reglamento de Tránsito del Distrito Federal; Determinar las Zonas de Parquímetros en las que podrán instalarse estos dispositivos; así como establecer las características técnicas de los dispositivos e instrumentos para el control de estacionamiento en vía pública y su adecuado funcionamiento; su instalación, operación y mantenimiento por si o a través de terceros, así como el emplazamiento de cada parquímetro dentro de la zona de parquímetros y la señalización de cajones de estacionamiento y demás indicaciones viales; Supervisar la regulación de los sistemas ciclistas en la Ciudad de México; Establecer, con base en los estudios pertinentes, las normas generales para que las Alcaldías puedan determinar la ubicación, construcción y el funcionamiento y tarifas de los estacionamientos públicos en su demarcación territorial, así como vigilar el cumplimiento de dicha normatividad; Estudiar las tarifas para el servicio público de transporte de pasajeros y de carga en todas las modalidades autorizadas que corresponda, para su posterior propuesta a la persona titular de la Jefatura de Gobierno las modificaciones pertinentes; Realizar y someter a consideración de la persona Titular de la Secretaría, las políticas públicas para proponer mejoras e impulsar que los servicios públicos de transporte de pasajeros, sean incluyentes para personas con discapacidad y personas con movilidad limitada, así como instrumentar los programas y acciones necesarias que les faciliten su libre desplazamiento con seguridad en las vialidades, así como promover acciones y políticas que busquen eliminar las desigualdades que se generan en el sistema de transporte público que estén basadas en género, coordinando la instalación de ajustes necesarios en la infraestructura y señalamientos existentes que se requieran para cumplir con dicho fin; Realizar las acciones necesarias para la promoción de la investigación y el desarrollo tecnológico en materia de movilidad, transporte, vialidad y tránsito; Realizar los estudios para la asignación de la jerarquía y categoría de las vías de circulación en la Ciudad de México, de acuerdo a la tipología que corresponda; Coordinar las labores para la emisión de manuales o lineamientos técnicos para el diseño de la infraestructura y equipamiento para la movilidad, que considere el impacto ambiental; Participar en comités técnicos en materias relativas al desarrollo integral de la movilidad, el transporte y planeación de vialidades, en el ámbito de sus atribuciones; y Las demás previstas en otros ordenamientos jurídicos y administrativos aplicables o las que le encomiende la persona superior jerárquica. SECCIÓN VIII DE LA SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS
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