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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
42

Artículo 42 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría Particular es la oficina que ayuda directamente al Jefe de Gobierno de la CDMX. Se encarga de organizar sus eventos, juntas oficiales y compromisos, y de preparar el informe anual de su gobierno. También coordina la comunicación con otras dependencias del gobierno, con alcaldías y con empresas o grupos privados, para que todo fluya correctamente. Otra de sus labores es darle seguimiento a los asuntos que el Jefe de Gobierno encarga a otras áreas y asegurarse de que se cumplan los acuerdos de las reuniones de Gabinete. Además, recibe y revisa propuestas de nuevas leyes o reglamentos antes de que el Jefe de Gobierno los firme.

Texto oficial

Artículo 42.- Corresponde a la Secretaría Particular: Participar en la organización de las actividades, compromisos y asuntos oficiales de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; Colaborar en la preparación y coordinación de las actividades institucionales y eventos públicos de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; Coadyuvar en la integración del Informe de Gobierno correspondiente; Realizar conjuntamente con otras Unidades Administrativas y/o Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo las acciones y estrategias que sean necesarias para salvaguardar la integridad física de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; Coordinar las acciones y mantener la relación institucional e interinstitucional de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, con los Sectores Público, Privado y Social; Coordinar la comunicación con las y los titulares y las personas servidoras públicas de la Administración Pública de la Ciudad de México, la programación de reuniones de trabajo con Titulares, Organismos Sectorizados, o Gabinete en Pleno, con el Titular de la Jefatura de Gobierno; Dar seguimiento a la atención brindada de los asuntos turnados por instrucción de la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a las diversas personas titulares de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Ciudad de México; Establecer comunicación y cooperación de las relaciones Interinstitucionales de los Sectores Público, Privado y Social, con la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; Implementar mecanismos para el control, gestión, seguimiento de temas y documentos dirigidos a la persona Titular de la Jefatura de Gobierno; Informar a las y los titulares y personas servidoras públicas de las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública de la Ciudad de México los lineamientos y directrices definidos por la persona Titular de la Jefatura de Gobierno, para la atención de los asuntos de sus respectivas competencias; Remitir documentos para su atención a las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Ciudad de México, competente para su gestión; y Establecer un vínculo de coordinación entre la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México y las personas Titulares de las Alcaldías de la Ciudad de México; Dar seguimiento a los acuerdos tomados en las sesiones de Gabinete, presididas por la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México; y XIII Bis. Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 15/01/25 Instruir a la persona Titular de la Unidad Administrativa y/o Unidad Administrativa de Apoyo Técnico Operativo correspondiente para que realice el análisis de los anteproyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, circulares y demás disposiciones jurídicas que sean competencia de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a fin de que éstos se encuentren apegados a las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes, sin perjuicio de las atribuciones de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales en dicha materia; Fracción reformada G.O. CDMX 15/01/25 Instruir a la persona titular de la Unidad Administrativa y/o Unidad Administrativa de Apoyo Técnico Operativo correspondiente para que realice el análisis de los actos administrativos y convenios que sean competencia de la oficina de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a fin de que éstos se encuentren apegados a las disposiciones jurídicas y administrativas vigentes, sin perjuicio de las atribuciones de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales en dicha materia; Fracción adicionada G.O. CDMX 15/01/25 Suscribir los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones; y Fracción adicionada G.O. CDMX 15/01/25 Las demás que le señalen las disposiciones jurídicas o administrativas y/o la persona Titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. Fracción adicionada G.O. CDMX 15/01/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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