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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
76

Artículo 76 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice lo que le toca hacer a una oficina del gobierno de la Ciudad de México, llamada Dirección Ejecutiva de Análisis y Seguimiento Presupuestal “A”. Su trabajo principal es revisar y armar los proyectos de presupuesto de las dependencias que le asignaron, y también planear cómo se va a gastar ese dinero durante el año. Además, se encarga de autorizar cambios en el presupuesto cuando las dependencias lo solicitan, llevar el registro de los compromisos de gasto, y atender los documentos de pago. Por último, esta oficina debe responder a peticiones de tribunales u otras autoridades de control, y dar su opinión sobre cómo afectan al gasto nuevas leyes o cambios en las estructuras administrativas.

Texto oficial

Artículo 76.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Análisis y Seguimiento Presupuestal “A”: Dirigir el análisis y la integración de los anteproyectos de presupuesto de egresos de las Unidades Responsables del Gasto asignadas, para la integración y elaboración del proyecto de presupuesto de egresos del Gobierno de la Ciudad de México, así como la calendarización del presupuesto aprobado; Coordinar el análisis de las adecuaciones programático presupuestarias compensadas solicitadas por las Unidades Responsables del Gasto asignadas; Dirigir el registro del compromiso presupuestal, así como la atención de las Cuentas por Liquidar Certificadas y los Documentos Múltiples elaborados y autorizados por los funcionarios públicos de las Unidades Responsables del Gasto asignadas y solicitados en el sistema informático; Se deroga. Fracción derogada G.O. CDMX 16/08/21 Coordinar la atención de los requerimientos de órganos jurisdiccionales, órganos autónomos, órganos de control y de fiscalización, que le sean solicitados directamente a la Dirección General de Gasto Eficiente o a las áreas adscritas a ésta, en su caso, coadyuvar en la atención de aquellas que le sean requeridas a la Subsecretaría de Egresos; así como de las solicitudes de información pública cuando incidan en el presupuesto de egresos de las Unidades Responsables del Gasto asignadas; y Coordinar, en el ámbito de las Unidades Responsables del Gasto asignadas, la elaboración de opiniones de impacto presupuestal por la creación o modificación de estructuras administrativas, así como de las iniciativas legales y reglamentarias cuando incidan en materia de gasto.

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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