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Ley
Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México
Artículo
84

Artículo 84 del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección Ejecutiva de Normativa Presupuestaria es como el departamento que hace las reglas del juego para que todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México (como secretarías y alcaldías) preparen sus planes de gasto anual y sus proyectos de presupuesto, siempre pensando en obtener buenos resultados. También se encarga de diseñar lineamientos para que el dinero que se asigna a cada institución esté alineado con los objetivos generales de desarrollo de la ciudad. Además, propone actualizaciones al manual de cómo gastar el dinero y a las reglas para cerrar el año fiscal. Otra de sus funciones es redactar y publicar en la Gaceta Oficial los calendarios y fórmulas para repartir los fondos federales que llegan a la ciudad, y elaborar opiniones técnicas sobre si crear o cambiar puestos en el gobierno afecta el presupuesto.

Texto oficial

Artículo 84.- Corresponde a la Dirección Ejecutiva de Normativa Presupuestaria: Elaborar propuestas de normas, lineamientos y términos que deberán observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías, para la formulación y envío de los Programas Operativos Anuales y Anteproyectos de Presupuesto de Egresos con enfoque a resultados; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Diseñar propuestas de lineamientos técnicos para la vinculación de los presupuestos institucionales con los objetivos contenidos en el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México o, en su caso, en los instrumentos de planeación vigentes; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Formular y someter a consideración del superior jerárquico las actualizaciones al Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública, el Clasificador por Objeto del Gasto, y las disposiciones que deben observar las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Entidades y Alcaldías para el cierre del ejercicio presupuestario; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Elaborar la propuesta de publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México relativa al calendario de entrega, porcentaje, fórmulas y variables utilizadas, de los Fondos de Aportaciones y de las Participaciones de Ingresos Federales, así como las publicaciones trimestrales y de ajuste anual establecidas en la Ley de Coordinación Fiscal para someterla a consideración de su superior jerárquico; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Proponer al superior jerárquico disposiciones, lineamientos o metodologías específicas para la formulación de Programas Presupuestarios, la evaluación de resultados, y la operación del Sistema de Evaluación del Desempeño, así como los términos de referencia para las evaluaciones anuales; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Elaborar opiniones técnicas respecto del impacto presupuestal que podría generar la creación o modificación de estructuras administrativas de las Dependencias, Alcaldías, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, para la valoración y la emisión de la Dirección General de Planeación Presupuestaria, Control y Evaluación del Gasto, en atención a las solicitudes que le sean asignadas; Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Atender técnicamente las solicitudes de opinión que presenten las Unidades Responsables del Gasto sobre la integración de partidas al manejo del fondo revolvente, conforme a los criterios emitidos por la Dirección General de Planeación Presupuestaria, Control y Evaluación del Gasto; y Fracción reformada G.O. CDMX 17/09/25 Las demás que le fijen expresamente las leyes y reglamentos, así como las que le sean conferidas por sus superiores jerárquicos en el ámbito de su competencia. Fracción adicionada G.O. CDMX 17/09/25

Ver texto oficial del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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