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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
12

Artículo 12 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Director Operativo tiene varias responsabilidades importantes. Debe atender rápido cualquier pedido de ayuda de la ciudadanía y mantener informada a la Dirección General sobre lo que se hace y los resultados. También tiene que reportar a la Dirección Técnica cómo salieron los servicios que se dieron.Participa en hacer el proyecto de presupuesto anual del HCBDF (que es el Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal). Ayuda a que el sistema de radio, teléfonos y otros medios de comunicación del Cuerpo de Bomberos funcionen bien. Puede sugerirle al Director cambios de lugar o de turnos del personal operativo según lo que necesite la institución. Coordina el plan de trabajo del año y el informe de actividades de su área, y lo presenta a la Dirección General para que lo revise. Por último, apoya a las demás direcciones para que el HCBDF cumpla sus metas.

Texto oficial

Artículo 12.- Además de las facultades que señala la Ley, el Director Operativo tiene las atribuciones siguientes: I. Dirigir la atención pronta de toda solicitud de ayuda o apoyo hecha por la ciudadanía e informar de las mismas, de manera permanente a la Dirección General, así como de los resultados de las acciones prestadas; II. Informar a la Dirección Técnica de los resultados de los servicios prestados; III. Participar conforme al ámbito de su competencia, en la elaboración del proyecto de Presupuesto Anual el HCBDF; IV. Coadyuvar en la operación óptima del sistema de la radio-comunicación, la telefonía y la de cualquier otro medio utilizado por el HCBDF; V. Proponer al Director las reubicaciones o rotaciones del personal operativo de acuerdo a las necesidades del HCBDF; VI. Coordinar la elaboración del plan de trabajo anual e informe de actividades del área y someterlo a consideración de la Dirección General; y VII. Coadyuvar con las demás Direcciones para el cumplimiento de los objetivos del HCBDF.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

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