- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 14
Artículo 14 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 14 dice que el Director Técnico, además de lo que ya marca la Ley, tiene estas responsabilidades: Planear y coordinar el trabajo del equipo operativo para prevenir incendios y accidentes, según las reglas del Heroico Cuerpo de Bomberos (HCBDF). También debe opinar sobre si los vehículos y equipos que compre el HCBDF están bien, y cómo mantenerlos o repararlos. Puede representar al HCBDF en eventos o juntas sobre prevención de incendios. Debe diseñar cómo se guarda la información de los servicios y emergencias atendidas, y hacer un plan de trabajo anual para que lo revise la Dirección General. Además, ayuda a hacer el presupuesto anual, organiza datos sobre las zonas de riesgo de la Ciudad de México, dirige la planeación y modernización del HCBDF, apoya los sistemas de comunicación, y colabora con otras áreas para que el HCBDF cumpla sus metas.
Texto oficial
Artículo 14.- Además de las facultades que señala la Ley, el Director Técnico tiene las atribuciones siguientes: I. Planear y coordinar la participación de la Dirección Operativa en la realización de todo tipo de labores técnicas y operativas de prevención de incendios y siniestros de acuerdo a las atribuciones, funciones, disposiciones y convenios del HCBDF; II. Emitir dictámenes sobre las características de los vehículos y equipos que solicite o adquiera el HCBDF, así como sobre su mantenimiento y reparación; III. Participar en actos, comisiones o cualquier otra actividad sobre prevención de incendios y siniestros en representación del HCBDF; IV. Diseñar y dirigir los sistemas de información y base de datos estadísticos sobre los servicios proporcionados y emergencias atendidas, entre otros; V. Coordinar la elaboración del plan de trabajo anual e informe de actividades del área y someterlo a consideración de la Dirección General; VI. Participar conforme al ámbito de su competencia, en la elaboración del proyecto de Presupuesto Anual del HCBDF; VII. Organizar, preparar y concentrar toda información referente a las zonas de riesgo del Distrito Federal y catalogar la misma por materia; VIII. Dirigir las acciones de planeación y evaluación institucional, así como las referentes a la modernización administrativa del HCBDF; IX. Organizar, coordinar y dar soporte a los sistemas de comunicación del HCBDF; y X. Coadyuvar con las demás Direcciones para el cumplimiento de los objetivos del HCBDF.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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