- Ley
- Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
- Artículo
- 34
Artículo 34 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Patronato (el grupo que administra algo) va a crear sus propias reglas para trabajar, pero esas reglas tienen que ser aprobadas por la Junta de Gobierno (que es como el jefe o supervisor). Además, aunque ya haya reglas en la Ley o en este Reglamento, la Junta de Gobierno también va a definir cómo debe participar y actuar el Patronato en general. O sea, la Junta de Gobierno pone las bases de lo que puede hacer el Patronato, y el Patronato detalla cómo lo va a hacer, pero siempre con el visto bueno de la Junta.
Texto oficial
Artículo 34.- El Patronato elaborará sus reglas internas de operación y funcionamiento, mismas que tendrán que ser sancionadas por la Junta de Gobierno. Sin perjuicio de lo establecido en la Ley y el presente Reglamento, la Junta de Gobierno expedirá los lineamientos generales de participación y actuación del patronato.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.