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Ley
Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal
Artículo
76

Artículo 76 del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Dirección de la Academia es quien prepara toda la documentación para los concursos, como la invitación, el temario del examen, cómo se va a calificar y las fechas. Todo esto aplica tanto para concursos donde cualquiera puede participar como para los que son solo para ciertas personas. Pero antes de que todo funcione, el Director tiene que dar su aprobación.

Texto oficial

Artículo 76.- La Dirección de la Academia será la responsable de elaborar la convocatoria, programa del curso de oposición, criterios de evaluación y calendario de los concursos, ya sean abiertos o cerrados; estos deberán contar con el visto bueno del Director.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley del Heroico Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.