- Ley
- Reglamento de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Publica del Distrito Federal
- Artículo
- 2
Artículo 2 del Reglamento de la Ley que Regula el Uso de la Fuerza de los Cuerpos de Seguridad Publica del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo explica los significados de algunas palabras clave que se usan en el reglamento. Por ejemplo, las **esposas** son las argollas de metal que se usan para sujetar las muñecas de una persona. El **equipo** son todas las herramientas que usa la policía para hacer su trabajo. El **informe policial** es el reporte donde se describe detalladamente cómo, cuándo y dónde se usó la fuerza o se hizo una detención. También define qué quiere decir cuando habla de la **Ley**, el **Reglamento**, la **Procuraduría** y la **Secretaría** de Seguridad Pública local.
Texto oficial
Artículo 2. Para efectos del presente Reglamento, además de las definiciones establecidas en el artículo 2 de que Regula el Uso de de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal, se entenderá por: I. Candado de mano o esposas: par de semicírculos de acero niquelado unidos en un extremo por un remache giratorio y un engranaje dentado para su cierre en el otro, que son utilizados para sujetar a una persona por las “muñecas”; II. Equipo: Todos aquellos aditamentos de los cuerpos de Seguridad Pública, que les permitan desarrollar su función en cada servicio u operativo en que intervengan; III. Informe Policial: Al reporte que contiene la descripción detallada de las características y circunstancias de tiempo, modo y lugar, en que se utilizó la fuerza y en su caso, la detención, así como el nivel de fuerza empleado para realizarla; IV. Ley: A que Regula el Uso de de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal; V. Ley General: A del Sistema Nacional de Seguridad Pública; VI. Manual: El Manual de Técnicas para el Uso de ; VII. Reglamento: Al Reglamento de que Regula el Uso de de los Cuerpos de Seguridad Pública del Distrito Federal; VIII. Procuraduría: A de Justicia del Distrito Federal; IX. Secretaría: A de Seguridad Pública del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.