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Ley
Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México
Artículo
2

Artículo 2 del Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo define los términos clave que se usan en todo el reglamento. Por ejemplo, una "condecoración" es una medalla que se le da a un policía por cosas como su buen trabajo, su tiempo en el servicio o su valor. Las "divisas" son los parches o escudos en el uniforme que muestran a qué grupo especial o zona pertenece el policía. Las "insignias" son los distintivos que indican su rango o alguna medalla que haya ganado. También aclara quiénes son el "personal policial" (los que pasaron el curso y son policías de carrera), el "personal de seguridad y custodia" (los que vigilan en los centros penitenciarios) y otros roles, como el "mando" que es la autoridad de un jefe sobre sus subordinados.

Texto oficial

Artículo 2. Para los efectos del presente Reglamento, se entenderá por: Condecoración: Aquellas insignias otorgadas al personal policial por su desempeño, eficiencia, antigüedad, disciplina, lealtad, profesionalismo, honestidad y valor en el cumplimiento del servicio; Divisas: Señal distintiva que se utiliza en el uniforme policial, con la finalidad de identificar la pertenencia a un grupo o unidad que, en virtud de sus funciones, ubicación geográfica o especialización de sus tareas, deban diferenciarse unas de otras; Insignias: Distintivos que el personal policial y el personal habilitado portan en el uniforme para identificar la jerarquía o grado que ostentan, así como las relacionadas con el otorgamiento de alguna condecoración, reconocimiento y/o estímulo; Ley: Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Ley Orgánica: Ley Orgánica de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Mando: Autoridad ejercida por un superior jerárquico de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, en servicio activo, sobre sus subordinados; Manual: Manual de Uniformes, Condecoraciones, Insignias y Divisas de la Policía de Proximidad, al que hace referencia el artículo 79 de la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Personal habilitado: Personal operativo que ostenta un cargo de estructura, así como servidoras y servidores públicos que no pertenecen a la carrera policial o carrera penitenciaria, pero cuentan con personal policial o personal de seguridad y custodia a su mando dentro de la Secretaría, a quienes se les asigna un nivel jerárquico durante el plazo que permanezcan en dicho cargo y limitado al desempeño de la comisión que tengan asignada; Personal de seguridad y custodia: Personal que realiza labores de protección, supervisión, vigilancia, contención y todas aquellas orientadas a hacer prevalecer el orden y resguardar la seguridad de las personas dentro de las instalaciones de los Centros Penitenciarios; Personal policial: Persona que, habiendo aprobado el Curso Básico de Formación Inicial y cumplidos los requisitos de ingreso y permanencia, cuenta con nombramiento de policía, constituyéndose como parte integrante del Servicio Profesional de Carrera Policial de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México, incluido el Personal de Seguridad y Custodia; Persona titular de la Secretaría: Persona titular de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Policía de Proximidad: Cuerpos policiales de Seguridad Ciudadana que se encuentran bajo la responsabilidad y mando de la Secretaría; Reglamento: Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México; Reglamento Interior: Reglamento Interior de la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Secretaría: Secretaría de Seguridad Ciudadana de la Ciudad de México; Unidades Administrativas: Oficina de la Secretaría; Subsecretarías; Oficialía Mayor; Coordinaciones Generales; así como las Direcciones Generales y Ejecutivas adscritas a la Secretaría; Unidades Administrativas Policiales: Coordinaciones Generales, Direcciones Generales Regionales, Direcciones Generales y Direcciones Ejecutivas Policiales, dotadas de atribuciones de decisión y ejecución en el ámbito de las funciones operativas de los diversos cuerpos de policía bajo el mando de la Secretaría, y Uniforme: Vestimenta institucional y distintiva que se asigna para uso exclusivo del personal policial y habilitado para el desempeño de sus funciones.

Ver texto oficial del Reglamento de Uniformes, Condecoraciones, Insignias, Divisas y Equipo de la Policía de Proximidad de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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