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Artículo 234 de la LEY AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las autoridades de la Ciudad de México que se encargan de apoyar la agricultura y la ganadería deben asegurarse de que, al usar plaguicidas (químicos para matar plagas) y fertilizantes (abonos), no se dañe el suelo, ni se contamine. Esto es para evitar problemas de salud en las personas, proteger a los bichos y microorganismos que viven en la tierra, y cuidar el medio ambiente. También tienen que informar a todos sobre cómo usar estos productos de manera correcta. Además, deben promover soluciones naturales, como usar plantas o métodos ecológicos en vez de químicos.

Texto oficial

Artículo 234.- Las autoridades de la Ciudad de México que tengan a su cargo la promoción y el fomento de las actividades agropecuarias vigilarán que en la aplicación y empleo de plaguicidas y fertilizantes, no se provoque degradación, pérdida o contaminación del suelo y así evitar daños a los seres humanos, a la biodiversidad del suelo y al ambiente, y fortalecerán la difusión de información sobre su uso adecuado, promoviendo soluciones basadas en la naturaleza.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 68) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.