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Ley
REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
104

Artículo 104 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la Secretaría tiene que avisar por escrito antes de cualquier reunión. Para una sesión ordinaria, debe avisar al menos 72 horas (tres días) antes de que empiece. Para una sesión extraordinaria, el aviso debe ser con al menos 24 horas (un día) de anticipación. Es como cuando te avisan con tiempo para que puedas apartar la fecha y llegar preparado.

Texto oficial

Artículo 104. Para la celebración de las sesiones la Secretaría deberá convocar por escrito en los plazos siguientes: a. Sesión ordinaria, por lo menos con 72 horas de anticipación a la hora fijada para la sesión, y b. Sesión extraordinaria, por lo menos con 24 horas de anticipación a la hora en que se fije la sesión.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 14) ↗

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