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Artículo 89 del REGLAMENTO DE LA COMISIÓN TÉCNICA DE BOX Y EL DESARROLLO DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS DE BOXEO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

En cada esquina del ring de box, debe haber un poste de metal. Ese poste tiene que estar a 50 centímetros de distancia de la esquina, sin estorbar. Su altura debe medir entre 1.40 y 1.45 metros, ni más chico ni más grande. Es para que la lona esté bien sujeta y los boxeadores no se lastimen.

Texto oficial

Artículo 89. En cada una de las esquinas y dejando libre un espacio de cincuenta centímetros, tendrá el cuadrilátero un poste de hierro de una altura no menor de un metro cuarenta centímetros ni mayor de un metro cuarenta y cinco centímetros.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.