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Artículo 6 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DE TRASPLANTES DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los titulares del Consejo pueden nombrar a otra persona que los reemplace cuando falten. Esa persona debe ser de un puesto justo debajo del de ellos en la escala de mando. En pocas palabras, si el jefe no puede ir, deja a alguien de su equipo que tenga menos rango, pero no a cualquiera.

Texto oficial

ARTÍCULO 6. Las personas titulares del Consejo, podrán ser suplidas en sus ausencias por la persona pública que para tal efecto designen, la cual debe tener un nivel jerárquico inmediato inferior a aquellas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.