Artículo 9 del CÓDIGO DE ÉTICA DEL INSTITUTO ELECTORAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Contraloría Interna (la oficina que vigila que todo se haga bien) debe dar a conocer el Código de Ética a todos, usando los canales oficiales del IECM, como su página de internet o redes sociales. Además, cada jefe de área tiene que apoyar este código y compartirlo con el personal que está a su cargo. Esto se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 12 de septiembre de 2025, y el Secretario Ejecutivo del IECM firmó el documento. Puedes consultar el código completo en el sitio web del Instituto Electoral.
Texto oficial
Artículo 9.- Difusión: La Contraloría Interna difundirá el Código de Ética, para cumplir con el principio de máxima publicidad y medios de comunicación institucionales del IECM. Las personas titulares de cada área deberán mostrar respaldo permanente y difundir el presente Código entre el personal adscrito a sus respectivas unidades administrativas. TRANSITORIOS ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Ciudad de México, 12 de septiembre de 2025 (Firma) Mtro. Bernardo Núñez Yedra Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral de la Ciudad de México 1 El citado Código de Ética podrá ser consultado en la dirección electrónica https://www.iecm.mx/www/marconormativo/docs/CODIGO_DE_ETICA_DEL_IECM.pdf correspondiente al sitio del Instituto Electoral de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.