Artículo 20 del REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ TÉCNICO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Grupos de Trabajo son como equipos de expertos que se encargan de tres cosas: revisar a fondo cualquier proyecto o propuesta que les pida el Comité Técnico (CTAR) o su presidente, analizar los problemas del programa y sugerir cómo mejorarlos, y presentar al Comité todas sus ideas y observaciones técnicas. Al final, estos grupos deben entregar por escrito todas sus conclusiones y explicarlas en persona durante una reunión del Comité. Como paso final, el documento ordena que se publique en el periódico oficial de la Ciudad de México para que todo mundo se entere.
Texto oficial
Artículo 20. Los Grupos de Trabajo tendrán las atribuciones y funciones siguientes: I. Analizar desde el punto de vista técnico, los proyectos y propuestas que el CTAR o que él (la) Presidente (a) le encomienden; II. Analizar la problemática respecto a la operatividad del programa y proponer alternativas de atención y/o solución; y III. Someter al Pleno del CTAR las observaciones y propuestas relativas a los trabajos de carácter técnico que le fueron encomendados. Los Grupos de Trabajo del CTAR entregarán por escrito las conclusiones a las que lleguen como resultado de sus labores, y las expondrán ante el Pleno en la sesión que corresponda. TRANSITORIO ÚNICO. Publíquese en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Dado en la Ciudad de México el 25 de mayo de 2026 LIC. HUMBERTO ADÁN PEÑA FUENTES (Firma) DIRECTOR GENERAL DE LA COMISIÓN DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO RURAL Y PRESIDENTE DEL COMITÉ TÉCNICO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS DEL PROGRAMA ALTÉPETL BIENESTAR, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.